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6.1. Modalidad del control social
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El control social es el derecho y el deber de los ciudadanos a participar, de manera individual o a través de sus organizaciones, redes sociales e instituciones, en la vigilancia de la gestión pública y sus resultados de acuerdo con lo establecido en la regulación aplicable y correcta utilización de los recursos y bienes públicos. El concepto ampliado lo brindan los artÃculos 60, 61 y 63 de la Ley 1757 de 2015.​
Se entiende por veedurÃa ciudadana el mecanismo democrático de representación que le permite a los ciudadanos o a las diferentes organizaciones comunitarias ejercer vigilancia sobre la gestión pública, a las autoridades administrativas, polÃticas, judiciales, electorales, legislativas y órganos de control, asà como de las entidades públicas o privadas, organizaciones no gubernamentales de carácter nacional o internacional que operen en el paÃs y que estén encargadas de la ejecución de un programa, proyecto,​
contrato o de la prestación de un servicio público. Para conocer más información sobre el funcionamiento de las veedurÃas, ver la Ley 850 de 2003.
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Dentro de las modalidades de control social que tenemos en nuestra entidad se encuentran:​
ContralorÃas estudiantiles​
Comité de Alimentación Escolar PAE
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