Creado el Mar, 31/08/2021 - 10:58

Mecanismos de Control Social y Participación

Alimentación Escolar

Con el fin de garantizar una adecuada ejecución del Programa de Alimentación Escolar, se hace necesario promover, tanto la participación ciudadana como el control social en consonancia con los principios de la democracia participativa y la gestión pública dentro del marco de la normatividad vigente, lo que sin duda permite la apropiación del PAE en territorio por parte de todos los actores, contribuyendo así al fortalecimiento de la vigilancia, al correcto y adecuado uso de los recursos públicos y, en definitiva, a su operación con calidad, inocuidad y oportunidad en pro de los derechos de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes beneficiarios.

Para el logro de tales finalidades, el marco normativo vigente define una serie de mecanismos que promueven la efectiva y corresponsable participación ciudadana y el control social, a través de la vinculación de los diferentes actores de la comunidad en la correcta implementación y ejecución del Programa de Alimentación Escolar, en procura de su mejoramiento continuo, estos mecanismos de detallan a continuación:

1.Comité de Alimentación Escolar CAE 

Para el seguimiento del Programa de Alimentación Escolar se cuentan con diferentes mecanismos de control social y participación ciudadana, entre ellos, el Comité de Alimentación Escolar (CAE), establecido a través de la Resolución 00335 del 2021 para fomentar el sentido de pertenencia, durante la planeación y ejecución del Programa de Alimentación Escolar, que contribuye a optimizar su operatividad en procura de mejorar la atención de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes.

Integrantes del Comité          

El Comité contará con los siguientes participantes con voz y voto:

a. Tres (3) padres de familia por establecimiento educativo, más un (1) padre de familia adicional en representación de las sedes diferentes a la principal.

b. Un (1) representante del personal manipulador de alimentos.

c. Un (1) representante de los docentes por la sede principal y uno más por el conjunto de las demás sedes.

d. El Personero estudiantil.

e. Dos (2) niñas, niños, adolescentes o jóvenes beneficiarios del Programa que cursen entre sexto y décimo grado y sean representantes de curso o grado.

El Rector, que hace parte de los miembros del CAE con voz, pero sin voto, es quien debe realizar la gestión para la implementación del Comité en su Institución Educativa, con los integrantes antes descritos.

Funcionamiento del CAE:

El Comité tendrá mínimo una (1) reunión cada dos (2) meses, pudiéndose convocar a reuniones extraordinarias según la situación lo requiera. De la reunión deberá elaborarse un acta en la que se especifiquen los temas tratados y los compromisos y recomendaciones resultantes, la cual se debe reportar a la Entidad Territorial.

Funciones del CAE:

Consulta más información frente a los mecanismos de control social y participación ciudadana 

 

2.Mesas Públicas del PAE

Son espacios de participación e interlocución entre los actores del PAE que promueven el diálogo abierto, la concertación y articulación de acciones para la implementación de los lineamientos y la realización del seguimiento a la operación del Programa en el territorio. 

Este mecanismo permite conocer las características de la implementación, aspectos por mejorar, propuestas o alternativas de solución que contribuyan a la mejora continua del Programa de Alimentación Escolar.

Estas Mesas serán convocadas dos (2) veces durante la vigencia, en fecha activa del calendario académico, la primera, dentro de los tres (3) meses del inicio del año y, la siguiente, durante el tercer bimestre del año y tendrán como objetivo principal:

-Primera Mesa Pública del Programa: Socializar las generalidades del PAE, dar a conocer el operador, los canales de atención al ciudadano establecidos por el operador y la Entidad Territorial, el ciclo de menús definidos para la atención, así como promover los mecanismos de participación ciudadana, vigilancia comunitaria y control social. De la misma forma se deberán incluir las demás actividades que sean requeridas para el buen funcionamiento del Programa. 

-Segunda Mesa Pública: dar a conocer el avance del Programa, identificando dificultades y generando alternativas de solución concertadas.

2020

Primera Mesa Pública https://fb.watch/iHF9aWPYdO/

Segunda Mesa Pública https://fb.watch/iHF5vBdWyL/

2021

Primera Mesa Pública https://fb.watch/iHFi9XlUjn/

Segunda Mesa Pública https://fb.watch/iHFbDRdFpF/

2022

Primera Mesa Publica: https://fb.watch/iHE-8WCIqc/

Segunda Mesa Pública https://fb.watch/iHFrAaKSkG/

 

3.Veedurías Ciudadanas

La ciudadanía en el marco de su rol dentro del Programa de Alimentación Escolar, puede realizar la constitución de veedurías ciudadanas para la vigilancia del programa cuando las comunidades así lo decidan, las cuales se podrán implementar con base a la Ley 850 de 2003 o la norma vigente. 

Desde PAE se podrá facilitar y acompañar este ejercicio, aportando la información necesaria. Es pertinente aclarar que la vigilancia y control social que la ciudadanía puede ejercer en el Programa de Alimentación Escolar a través de las veedurías debe ser proactiva, objetiva y estar dirigida hacia el mejoramiento continuo del Programa y a la garantía de los derechos de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes. 

En ningún caso el veedor puede ejercer acciones que vayan en detrimento de la prestación del servicio o que pueda ser utilizado como un medio de presión indebida o de injerencia que no obedezca a las competencias constitucionales y legales.

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