Administrativos, docentes y directivos docentes interesados, les invitamos a conocer las orientaciones emitidas por la Oficina de Nómina con toda la información para aplicar a este beneficio tributario.
De acuerdo con el artículo 387 del Estatuto Tributario, los trabajadores tienen derecho a la deducción de la base de retención en la fuente por los siguientes conceptos:
1. Pagos de medicina prepagada o contratos de salud (no POS).
2. Intereses pagados por créditos de vivienda (hipotecarios y leasing habitacional).
3. Aportes voluntarios a fondos de pensiones o cuentas AFC.
4. Deducción por dependientes.
Para dar cumplimiento a dicha normativa, la Oficina de Nómina de la Secretaría de Educación dispuso los siguientes formatos a través de los cuales podrán solicitar las deducciones a la base de retención año gravable 2025, según su caso particular:
-Deducción por intereses de crédito hipotecario y leasing habitacional.
-Deducción por pagos a medicina prepagada y contratos de salud (no POS).
Las y los interesados deben radicar su solicitud de beneficios tributarios al correo electrónico contactenos@educacionbogota.edu.co anexando los documentos que correspondan, de acuerdo con las orientaciones que puedes consultar aquí.
No olvides que las solicitudes radicadas hasta el 1° de abril de 2026 serán aplicadas en la nómina de dicho mes. Las solicitudes que se radiquen posterior al 1° de abril de 2026 serán tramitadas para la nómina del mes siguiente a la fecha de radicación.
Administrativos, docentes y directivos docentes interesados, les invitamos a conocer las orientaciones emitidas por la Oficina de Nómina con toda la información para aplicar a este beneficio tributario.
Ingresa al sitio web del Centro de Documentación y Memoria de la Secretaría de Educación del Distrito, donde podrás acceder al catálogo de biblioteca, al repositorio Institucional y toda la información sobre nuestros servicios.
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