Fecha de publicación: Lun, 27/01/2020 - 11:04

Recomendaciones sobre materiales educativos, uniformes escolares y cobro de matrículas y pensiones

La Secretaría de Educación del Distrito invita a los padres de familia para que conozcan la normatividad existente frente a solicitud de materiales escolares y cobro de matrículas y pensiones por parte de planteles educativos, recordando que cualquier irregularidad puede ser denunciada a través de los canales dispuestos por la entidad Distrital.

En este sentido, es importante señalar que los colegios privados solo podrán solicitar textos o útiles que estén incluidos en la lista aprobada por el Consejo Directivo, a su vez no pueden incurrir en prácticas restrictivas de la competencia al exigir la compra de útiles escolares, uniformes, textos o marcas específicas o solicitar la compra de materiales educativos a proveedores determinados, ni tampoco pueden impedir el ingreso a clase de los estudiantes que no tengan completos los textos escolares o los uniformes.

En relación con la matrícula, el Ministerio de Educación Nacional mediante Resolución No. 10617 del 7 de octubre de 2019, estableció los topes máximos de incremento para matrículas y pensiones que deben aplicar este año los colegios privados, de acuerdo con el Manual de Evaluación y Clasificación de establecimientos educativos. La base de incremento se fijó conforme al Índice de Precios al Consumidor - IPC con corte a agosto de 2019, el cual se ubicó en 3.75%.

A partir de allí, cada establecimiento educativo podrá acceder a puntos porcentuales adicionales, de acuerdo con los resultados positivos obtenidos en materia de calidad educativa, así como los que promueven espacios de inclusión, y en los que al menos el 80% del su personal docente se sujeta a la escala de remuneración que fija el gobierno para los educadores al servicio del estado.

La Secretaría de Educación del Distrito, a través de sus Direcciones Locales, es la encargada de revisar la información y los soportes de la autoevaluación para emitir la resolución que aprueba el incremento de las tarifas y costos de los colegios privados, verificando que los datos y documentos correspondan a la realidad del establecimiento y se puedan comprobar.

Padres de familia y ciudadanía en general pueden denunciar cualquier irregularidad que encuentren con relación a cobros de matrículas y pensiones, así como posibles abusos de requerimientos en uniformes, textos y útiles escolares, ante la Secretaría de Educación del Distrito en la Oficina de Servicio a la Ciudadanía ubicada en la Avenida El Dorado No. 66 - 63, primer piso; en las Direcciones Locales de Educación;  a través de la línea telefónica 3241000, opción 7 (quejas o reclamos) o en la página web www.educacionbogota.edu.co en el enlace de Servicios, Quejas y Soluciones.

Tenga en cuenta:

- No es obligatorio que los padres de familia entreguen, a comienzo de año, todos los materiales solicitados. Los materiales pueden ser comprados en la medida en que sean requeridos para el desarrollo de las actividades escolares. 

- El colegio solo puede cambiar los textos escolares trascurridos tres años de su adopción. Las renovaciones solo se podrán hacer por razones pedagógicas, de actualización de conocimientos e informaciones y modificaciones del currículo.

- El concepto de textos incluye tanto a los impresos como a los digitales. En el caso de plataformas educativas virtuales, los colegios solo pueden incluir en las listas de útiles los cobros por el componente correspondiente a materiales de dotación personal de los estudiantes.

- El colegio no puede solicitar materiales de dotación que la institución esté en obligación de proveer tales como implementos de aseo, marcadores y resmas de papel, entre otros.

- El colegio sólo podrá exigir un uniforme para el uso diario y otro para actividades de educación física. Las características de los uniformes deben estar reglamentadas en el manual de convivencia, el cual es aceptado por las familias en el momento de la matrícula. No se pueden solicitar prendas exclusivas o de marcas definidas para los uniformes. Si por dificultades económicas un estudiante no tiene el uniforme completo, no puede ser sancionado, ni excluido del establecimiento educativo.

- Está prohibido el cobro de cuotas en dinero o especie, así como bonos o tarifas adicionales a las aprobadas por concepto de matrícula, pensión y cobros periódicos. El plantel educativo que incumpla esta norma podrá verse inmerso en una sanción que consiste en una multa que oscila entre los 50 y 200 salarios mínimos mensuales legales vigentes, previa comprobación de los hechos mediante un proceso administrativo sancionatorio. En caso de reincidencia, el colegio se expone al cierre definitivo.


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