Fecha de publicación: Vie, 03/07/2026 - 10:58

Comunicado a la Opinión Pública


La Secretaría de Educación del Distrito hace una aclaración sobre el procedimiento para la transcripción de incapacidades médicas de los docentes afiliados al FOMAG.


- Frente a la información difundida en algunos medios de comunicación y piezas informativas sobre la Circular No. 12 del 5 de junio de 2026, expedida por el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) y denominada "Lineamientos técnicos para la radicación, validación y certificación de incapacidades médicas, odontológicas y licencias de los docentes activos afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG)", se aclara que esta circular no se encuentra vigente, toda vez que fue derogada mediante la Circular No. 13 del 30 de junio de 2026.

- En consecuencia, la Circular No. 13 de 2026 es la disposición actualmente vigente y la que regula el procedimiento aplicable.

- En materia de incapacidades médicas u odontológicas, la Circular No. 13 de 2026 establece que, una vez expedido el respectivo certificado, el docente o directivo docente, o su familiar o persona debidamente autorizada, deberá radicarlo ante el jefe inmediato dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a su expedición.

- Adicionalmente, la Secretaría de Educación del Distrito ha programado una reunión para el 6 de julio de 2026, con el propósito de revisar y armonizar el procedimiento establecido por el FOMAG.

- Una vez finalizado este ejercicio, la Entidad expedirá los lineamientos institucionales que orientarán la implementación del procedimiento en el ámbito de la Secretaría de Educación del Distrito.

 


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