Conoce la circular 027 sobre los lineamientos para la gestión y tramite de permisos sindicales

Fecha de publicación: Mié, 13/11/2024 - 14:07

Conoce la circular 027 sobre los lineamientos para la gestión y tramite de permisos sindicales


Esta medida busca asegurar que las actividades sindicales no interrumpan el servicio educativo que reciben más de 730 mil estudiantes en la capital.


La Secretaría de Educación Del Distrito (SED) pone en conocimiento la Circular No. 027, que establece las directrices para la gestión y trámite de permisos sindicales periódicos, ocasionales y de asamblea, esto con el fin de garantizar la prestación eficaz del servicio educativo para el año 2025.

 

La mencionada circular establece los siguientes lineamientos:

  1. Solicitudes de Permiso Sindical: las solicitudes relacionadas con el ejercicio de la garantía de permiso sindical se tramitarán de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 de la Circular No. 18 del 23 de agosto de 2024 que establece las “Orientaciones para el proceso de radicación de correspondencia de índole sindical y optimización de canales y espacios para el relacionamiento sindical”.
     
  2. Temporalidad de los permisos sindicales: los permisos sindicales periódicos correspondientes al año 2025 se otorgarán de forma trimestral.
     
  3. Planeación de permisos sindicales esporádicos y de asambleas para el año 2025:

para el trámite efectivo de permisos sindicales esporádicos y de asambleas para el año 2025, se solicita a las organizaciones sindicales efectuar una correcta planeación de los permisos sindicales y articular las fechas con la SED, con el propósito de adoptar las medidas administrativas y operativas necesarias para asegurar que la prestación efectiva del servicio educativo no se vea afectada por coincidencia o cruce de fechas de la actividad entre diferentes organizaciones sindicales, máxime cuando se trata de afiliados que prestan sus servicios en idénticos establecimientos educativos.

Para el logro del eficaz funcionamiento de la administración y del derecho de asociación sindical, la Entidad dispone de las cinco semanas anuales programadas de desarrollo institucional y las jornadas pedagógicas. Por ello, se solicita a las organizaciones sindicales programar las asambleas ordinarias de que trata el artículo 385 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) de forma tal que concurran con dichas fechas y, afectar en la menor medida posible, la prestación del servicio educativo de las niñas y niños de Bogotá.

 

Conforme con lo anterior, nos permitimos informar el calendario académico del año 2025 establecido mediante la Resolución 1811 de 2024:

 

Semanas de Desarrollo Institucional:

 

 

Primera semana

Del 13 al 17 de enero de 2025

Segunda semana

Del 20 al 24 de enero de 2025

Tercera semana

Del 14 al 18 de abril de 2025

Cuarta semana

Del 7 al 11 de julio de 2025

Quinta semana

Del 6 al 10 de octubre de 2025

 

Para ampliar la información sobre la circular ingresa aquí

 

Con esta iniciativa, la Secretaría de Educación del Distrito busca articular las actividades de las organizaciones sindicales y las de la administración educativa, asegurando el derecho a la educación de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes en los 377 establecimientos educativos de la ciudad.


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