Resolución que concede vacaciones colectivas a unos servidores administrativos ubicados en las instituciones educativas distritales

Fecha de publicación: Vie, 08/11/2024 - 15:10

Resolución que concede vacaciones colectivas a unos servidores administrativos ubicados en las instituciones educativas distritales


El disfrute de las vacaciones colectivas de las y los servidores administrativos que han causado el derecho a disfrutar de las mismas, se realiza a partir del día 16 de diciembre de 2024 hasta el 8 de enero de 2025. Ésta y más información de interés para administrativos del nivel institucional en relación con las vacaciones colectivas, a continuación.


La Oficina de Personal informa que, mediante la Resolución No. 2911 del 30 de octubre de 2024, se conceden vacaciones colectivas a las servidoras y servidores administrativos ubicados en las instituciones educativas del Distrito que han causado el derecho a disfrutar de las mismas a partir del día 16 de diciembre de 2024 hasta el 8 de enero de 2025

Es de resaltar que, como se señala en la Resolución, las mencionadas vacaciones colectivas se conceden considerando que “aunque el personal administrativo adscrito a las instituciones educativas se rige por normas laborales diferentes a las del personal docente, específicamente en el tema de las vacaciones, su quehacer laboral se extiende casi simultáneamente hasta la fecha en que se inicia el receso escolar de fin de año toda vez que, para esta fecha no existe atención en los establecimientos educativos”.

 

Es importante tener en cuenta que:

  • • Aquellos funcionarios administrativos ubicados en las instituciones educativas, que no están programados para el disfrute de vacaciones durante el receso escolar, así como los que no cumplen con los requisitos para acceder a este derecho, serán asignados transitoriamente en una dependencia del nivel central del 16 de diciembre de 2024 al 8 de enero de 2025, lo cual se informará mediante comunicado a cada funcionaria/o.
  • • Las y los funcionarios administrativos que se encontraban en encargo, en Nivel Central y Local, y que se han reubicado en una IED y hayan solicitado vacaciones que no coinciden con el disfrute de las vacaciones colectivas (del 16 de diciembre de 2024 al 8 de enero de 2025,) los días faltante deben ser reubicados en una dependencia del nivel central.
  • • Las y los funcionarios administrativos que se encuentren en encargo o con nombramiento provisional, que por efecto del concurso se termine el encargo o la vinculación como provisional y se encuentren disfrutando sus vacaciones, les será liquidadas sus prestaciones conforme con la novedad.
  • • Las y los funcionarios administrativos que se les haya concedido el disfrute de sus vacaciones y por efecto del concurso inicien nuevo nombramiento en periodo prueba, deben tener en cuenta que la evaluación se interrumpirá durante el tiempo que dure el disfrute de las vacaciones, siempre y cuando este sea superior a 20 días calendario. Conforme con el lineamiento establecido en el Decreto 1083 de 2015.

“…ARTÍCULO 2.2.6.30 Prórroga del período de prueba. Cuando por justa causa haya interrupción en el período de prueba por un lapso superior a veinte (20) días continuos, este será prorrogado por igual término.”

 

La Resolución No. 2911 del 30 de octubre de 2024: “Por la cual se concede vacaciones a unos servidores públicos de la Planta de Personal Administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito” , puede ser consultada por las y los interesados en el siguiente enlace:

 

Solicitud de vacaciones de funcionarios administrativos | IntraSED


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