Las políticas del SARLAFT fueron aprobadas por el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno el pasado 15 de marzo, conoce cómo operan en nuestra Entidad.
Dentro de la operatividad del Sistema de Gestión institucional enmarcado en el Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG-, implementado por la Secretaría de Educación del Distrito, y de acuerdo con la Ley 2195, “por medio de la cual se adoptan medidas en materia de transparencia, prevención y lucha contra la corrupción y se dictan otras disposiciones”, y para dar cumplimiento a la circular 092 de 2020 de la Secretaría General y el documento técnico de adaptación de medidas de prevención y mitigación del riesgo de lavados de activos, financiación del terrorismo en las entidades del Distrito Capital (diciembre 2022), se realiza la socialización de las Políticas de operaciones de la Administración del Riesgo del LA/FT, de la SED, la cual fueron aprobadas por el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno del pasado 15 de marzo de 2024.
¿Qué es SARLAFT?
Se trata del Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo que sirve como mecanismo que permite a las entidades prevenir la pérdida o daño que pueden sufrir por su propensión a ser utilizadas como instrumento para el lavado de activos provenientes de actividades ilícitas.
Medidas de prevención y mitigación de riesgos
Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo LA/FT
Se deben establecer los lineamientos para el oportuno y efectivo funcionamiento de las conductas y procedimientos que regulan la entidad en el fortalecimiento del Sistema de Administración del Riesgo para la prevención y control del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT , con el fin de evitar que sea utilizado para ocultar inversiones, manejos inadecuados o aprovechamiento de cualquier índole de dineros o bienes provenientes de actividades ilícitas para dar apariencia de legalidad.
Requerimiento Entes de Control
La información suministrada a los entes de control y órganos competentes por parte de la alta dirección de la SED, así como de los funcionarios involucrados, será de manera oportuna, precisa y veras, enfocada única y exclusivamente en los temas requeridos, guardando total confidencialidad y reserva de esta.
Imposición de Sanciones
La SED, iniciará lo correspondiente, en materia disciplinaria, por el incumplimiento, omisión o desacato de los procedimientos implementados en el sistema de administración del riesgo del lavado de activos y financiación del terrorismo SARLAFT.
Auditoría SARLAFT
La SED a través del Oficial de Cumplimiento y el Equipo de Trabajo SARLAFT, vigilarán periódicamente el debido cumplimiento de cada uno de los procesos establecidos en el manual, con el fin de evitar que se omitan procedimientos que expongan a un nivel de riesgo mayor, ocasionando pérdida de imagen o riesgo reputacional, riesgo legal, operativo y de contagio u otros tipos de riesgo.
Responsabilidades SARLAFT
La SED a través del Oficial de Cumplimiento y del Equipo de Trabajo SARLAFT, así como también los funcionarios involucrados en el proceso, son los responsables para implementar planes estratégicos en cuanto a la sensibilización de toda la estructura organizacional frente al Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo LA/FT, aplicando de manera oportuna los procedimientos diseñados que permitan mitigar las situaciones de riesgo que tengan tendencia a materializarse en cada uno de los procesos de la SED.
Validación del Clientes
La SED anualmente verificará la existencia y representación legal en la Cámara de Comercio, de una muestra de sus contrapartes y/o usuarios, mediante la realización de la consulta y validación en las principales listas nacionales e internacionales restrictivas y vinculantes, para las personas naturales y jurídicas.
Así mismo, toda contraparte y/o usuario a quien no se le pueda confirmar la información, será considerada como un evento inusual y como medio de verificación, el Oficial de Cumplimiento podrá ordenar, realizar visitas de seguimiento, o marcar a las contrapartes y/o usuarios, como un riesgo potencial, mientras se logra realizar la validación de la información suministrada.
Control de PEP
En el caso de las personas políticamente expuestas, ya sean nacionales o extranjeras que por su cargo manejan recursos públicos, al momento de establecer relaciones contractuales es necesario investigar el origen de los recursos. Para ello el Oficial de Cumplimiento debe realizar la consulta y validación en las principales listas nacionales e internacionales en materia de lavado de activos y la financiación del terrorismo e incluirlo en la base de datos de PEP de la entidad; finalizado este procedimiento la SED, debe tener una base de datos de estas contrapartes, ya sea por medio de una lista especial o el manejo de un aplicativo que permita su total identificación.
Anualmente el Oficial de Cumplimiento debe realizar seguimiento a las contrapartes que se encuentran en la base de datos de PEP de la SED.
Transparencia LA/FT
En función de la verdad y transparencia, la SED prohíbe y sanciona toda conducta, acción o proceso de corrupción, de soborno en cualquiera de sus manifestaciones, igualmente toda acción deshonesta a las directrices de transparencia y verdad consagrada en la presente Política.
Por lo anterior la SED está comprometida en la lucha contra el lavado de activos y la financiación del terrorismo (LA/FT), en línea con ese compromiso, la entidad rechaza cualquier actividad de índole delictiva.
Es obligación de los funcionarios y/o contratistas de la entidad, informar al Oficial de Cumplimiento, las coincidencias en las listas y las situaciones u operaciones que se consideren inusuales o sospechosas.
Conservación Documental SARLAFT
En el archivo de gestión del Sistema de Administración de Riesgo LA/FT se conservarán durante un (1) año, los documentos y registros relacionados con el cumplimiento de las normas sobre prevención y control del lavado de activos y financiación del terrorismo; posteriormente se conservarán en el archivo general durante un tiempo mínimo de cuatro (4) años. Pasado este tiempo y si a la fecha no se es requerido ningún tipo de documentación por los entes de control o autoridad competente, se procederá a la microfilmación, proceso que se llevará a cabo por parte del equipo de gestión documental y por último será archivado de acuerdo con la normatividad legal vigente archivística colombiana.
Cualquier inquietud será atendida por el Oficial de Cumplimiento adscrito a la Subsecretaria de Gestión Institucional y el consultor de la Oficina Asesora de Planeación, a través de los siguientes correos: cocaraballo@educacionbogota.gov.co edgar.lombo747@educacionbogota.gov.co
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