El compromiso del Gobierno Distrital contempla otorgar apoyo efectivo a los niños, niñas y jóvenes estudiantes con el fin de contribuir a la mejora de su desempeño escolar, permitir su asistencia habitual, y promover la formación de hábitos de alimentación saludables. Este propósito enfrenta las situaciones de pobreza de las familias bogotanas, que junto con la exclusión social generan barreras al acceso y la permanencia en el sistema educativo. En tal sentido, los Niños, niñas y jóvenes bogotanos no acceden al sistema educativo y/o desertan del mismo, por falta de las condiciones necesarias para un mejor desempeño y aprovechamiento de la educación que reciben.
En consecuencia, a los importantes avances del Distrito en la intervención a estas problemáticas, la Secretaría de Educación del Distrito, garantiza el acceso y la permanencia a la educación a través de estrategias con acciones como la gestión y análisis de proceso de matrícula, la gratuidad educativa y estrategias de bienestar estudiantil como son la alimentación, movilidad y el seguro escolar.
El Programa de Movilidad Escolar - PME es una estrategia de acceso y permanencia que contrarresta la deserción de las aulas de clase y resuelve parte de la problemática del desplazamiento de las y los estudiantes a quienes se les ha asignado un cupo escolar diferente al solicitado por el padre de familia y como principal característica es que este a más de dos kilómetros de distancia del lugar de residencia.
A través de este Programa, la SED cuenta con cuatro modalidades de atención condicionadas a la asistencia escolar, que son: Ruta Escolar, Subsidio de Transporte, Ciempiés y Al Colegio en Bici estos tres últimos como modalidades sostenibles con medios alternativos para el desplazamiento al colegio, las cuales dan cumplimiento de los requisitos establecidos en el manual operativo, reglamentado por la Resolución No. 039 de 2018 “Por la cual se unifican los criterios y condiciones generales del Programa de Movilidad Escolar en sus diferentes modalidades".
Desde el año 2013, el Programa ha implementado el proyecto “Al Colegio en Bici”, como una estrategia adicional que fomenta el uso de la bicicleta como medio alternativo de transporte para ir al colegio; esta actividad tiene como principal objetivo incentivar nuevas conductas y hábitos de vida saludable, con el fin de mejorar la interrelación entre los estudiantes y las actividades cotidianas generando entornos de respeto e inclusión que eleven la calidad de vida como eje de transformación social.
“Al Colegio en Bici” se desarrolla en quince (15) localidades de Bogotá: Antonio Nariño, Barrios Unidos, Bosa, Engativá, Fontibón, Kennedy, Los Mártires, Puente Aranda, Rafael Uribe Uribe, Suba, Tunjuelito, Usaquén, Ciudad Bolívar, Usme y San Cristóbal.
Ciempiés Caminos Seguros es una modalidad que brindan a los niños, niñas y adolescentes (NNA) de 6 años en adelante, una movilidad escolar segura y sostenible, con el fin de garantizar el acceso y la permanencia de los estudiantes a las instituciones educativas distritales. Desde la Secretaría de Educación se promueven las estrategias pedagógicas necesarias para garantizar los espacios seguros reflejados en las rutas de confianza y los caminos seguros. Esta modalidad atiende a la promoción de estilos de vida saludable.
IMPORTANTE: Los beneficios del Programa de Movilidad Escolar se asignan por un año, la continuidad en los mismos se evalúa con el cumplimiento de los requisitos periódicamente, así como de las consideraciones técnicas, operativas, financieras y administrativas de la DBE para cada una de las vigencias.
Según lo reglamentado en el Manual Operativo del Programa de Movilidad Escolar, existen siete requisitos para ser parte del Programa, así:
REQUISITO |
CONDICIÓN |
1. Domicilio |
Los estudiantes que soliciten un beneficio de movilidad escolar en los colegios con matrícula oficial del distrito capital, cuyo domicilio se encuentra ubicado en Bogotá D.C. |
2. Lugar de residencia |
La evaluación de la UPZ se realizará para cada vigencia, de acuerdo con el estudio de insuficiencia que realice la Oficina Asesora de Planeación de la SED y la evaluación que realice la Dirección de Cobertura, basada en la oferta educativa de cada localidad, con excepción de los estudiantes con criterios de asignación directa (numeral 4.1.2.1 del presente Manual Operativo), la condición aplica según la modalidad así: Rutas escolares: Residir en una UPZ deficitaria de cupos escolares, de acuerdo con el grado en el que se encuentra asignado el estudiante, o en las zonas rurales de la ciudad. Subsidio de Transporte Escolar: Residir en una UPZ deficitaria de cupos escolares, de acuerdo con el grado en el que se encuentra asignado el estudiante, y en casos excepcionales en zona rural de la ciudad. NOTA: Se realizará verificación de la UPZ, teniendo en cuenta el estudio de insuficiencia vigente para la asignación del beneficio. Para el caso en el que las UPZ cambien su condición a NO DEFICITARIA, no se realizará la asignación del beneficio para la siguiente vigencia, según el instructivo de focalización. El resultado del análisis de la base de datos será reportado a la Dirección de Cobertura con el fin de realizar el análisis para la reubicación de estudiantes. |
3. Matrícula |
Estudiante matriculado en Institución Educativa con matrícula oficial del distrito. De acuerdo con la información suministrada por la Dirección de Cobertura, según la fecha de corte que defina la Dirección de Bienestar Estudiantil. |
4. Jornada |
Diurna, a excepción de los estudiantes con discapacidad que podrán acceder al subsidio de transporte en jornada nocturna, con el mismo calendario escolar. No se entregará subsidio de transporte, ni rutas escolares a estudiantes matriculados en jornada de fin de semana. Excepcionalmente, para el caso de rutas escolares, en la jornada nocturna y de fines de semana, sólo se operarán en sedes rurales. |
5. Grado |
Pre-Jardín a grado 11° y procesos de aceleración del aprendizaje. |
6. Edad |
Menores de 19 años. Con excepción a estudiantes con discapacidad, jóvenes y adultos en condición de vulnerabilidad o especial protección constitucional cuando lo requieran, previa concertación y verificación de requisitos. En casos excepcionales, se prestará el servicio para adultos en rutas especiales, previa solicitud de la IED y aprobación de la Subsecretaria de Acceso y Permanencia y/o Dirección de Bienestar Estudiantil. |
7. Distancia casa-colegio |
Más de 2 km de recorrido para los estudiantes de grado primero a once. Cabe resaltar que la medición de distancia entre la residencia del estudiante y la sede de la Institución Educativa no es equiparable con la medición de distancia mínima del trazado que recorren los vehículos en la prestación del servicio. Para los estudiantes con discapacidad, que no cumplan con el requisito de distancia, la Secretaría de Educación evaluará cada caso particular de acuerdo con los soportes médicos actualizados que aporte el adulto responsable o valoración psicopedagógica a partir de los cuales se determinará la viabilidad de la asignación del beneficio. Sin embargo, este requisito no se aplicará cuando el adulto responsable (padre, madre, tutor legal o acudiente), hayan seleccionado el colegio que se encuentre a una distancia igual o mayor a las mencionadas anteriormente. Los estudiantes que residan en sectores con características topográficas de difícil acceso o condiciones especiales de seguridad serán validados por el equipo técnico del Programa de Movilidad Escolar de la Dirección de Bienestar Estudiantil, según el caso particular. |
NO aplica cuando los padres o tutor legal o estudiante mayor de edad, hayan seleccionado el colegio que se encuentre a una distancia igual o mayor en la solicitud del cupo escolar o el traslado.
Luego de verificar el cumplimiento de estos requisitos mínimos, la Secretaría de Educación asigna el beneficio a los estudiantes que cumplen alguno de los criterios de asignación directa o que son priorizados por el Índice de Asignación del Beneficio de Movilidad Escolar.
1. Estudiantes con discapacidad.
2. Estudiantes cuya vida o integridad personal estén en riesgo inminente.
3. Estudiantes antiguos en el sistema de movilidad escolar.
4. Estudiantes incluidos en convenios de continuidad escolar.
5. Población desescolarizada (identificada a través de las estrategias de búsqueda activa y movilización social).
6. Unificación de hermanos
7. Estudiantes reportados por la Dirección de Cobertura
8. Estudiantes víctimas del conflicto identificados en el Registro Único de Víctimas (RUV).
9. Estudiantes pertenecientes a un grupo étnico
10. Estudiantes matriculados en los grados prejardín, jardín y transición en colegios oficiales.
11. Estudiantes con mayores niveles de pobreza, de hogares clasificados en los grupos A, B y C1 a C5 de Sisbén IV.
Para los estudiantes que cumplen los siete requisitos mínimos de asignación, pero NO cumplen con alguna de las condiciones de asignación directa, se hace un cálculo de acuerdo con el análisis de vulnerabilidad realizado a partir del Índice de Asignación del Beneficio de Movilidad Escolar (IABME).
Este índice permite priorizar las solicitudes de los estudiantes y se calcula teniendo en cuenta la condición socioeconómica según la clasificación de SISBEN IV del hogar del estudiante y la distancia de la vivienda al colegio.
La Secretaría de Educación asignará el beneficio a los que obtengan los mayores puntajes en este indicador.
No necesariamente, dado que la asignación de las rutas obedece a un procedimiento interno del Programa considerando que se debe obtener una ocupación óptima de los vehículos, ya que se unifican rutas, se modifican recorridos, entre otros.
La comunicación de la asignación del beneficio se realiza a través de alguno de los canales institucionales de la Entidad, como lo son:
Es importante precisar que, dicha información para la comunicación de con los estudiantes, es tomada de la registrada en la matrícula, de ahí la importancia de mantener actualizada la misma.
Es el documento donde se encuentran contenida la información del estudiante, su responsable, las condiciones, obligaciones y compromisos aceptados en la solicitud de cupo, traslado o renovación de la matrícula, para las modalidades de ruta y subsidio de transporte escolar, según corresponda la asignación de la misma.
El beneficio se otorga al estudiante por un (1) año escolar en el que se encuentre matriculado, periódicamente se verifican los requisitos y compromisos conforme al proceso establecido por la Dirección de Bienestar Estudiantil a la información registrada en la matrícula y poder continuar con el beneficio del programa.
Durante cada uno de los ciclos se verifican los compromisos adquiridos por los estudiantes, entre los que se destaca, la asistencia a clases y la permanencia en el colegio asignado por la SED, en caso de encontrar novedad alguna el beneficio será suspendido o anulado según corresponda.
Cabe indicar que en los casos de seguimiento y verificación que adelante la Dirección de Bienestar Estudiantil y al evidenciarse un incumplimiento, el beneficio será suspendido o anulado según corresponda.
Sí, es necesario que la madre, el padre o acudiente del estudiante, se acerque a las instalaciones del colegio con los soportes que permitan verificar los motivos que llevaron a la inasistencia del estudiante. Así se garantiza que las fallas que se tengan acumuladas en el año escolar, no afecten la continuidad del beneficio de Movilidad Escolar, ello teniendo en cuenta que el rector de la institución educativa genera un reporte periódico cumplimiento de asistencia a clase de los beneficiarios.
Sin embargo, es importante anotar que a los estudiantes que no asistan al colegio en la modalidad de subsidio de transporte se les descontará la suma correspondiente al valor diario del subsidio por cada día de inasistencia justificada e injustificada.
En el caso de realizar un cambio de institución educativa el beneficiario deberá efectuar las siguientes acciones diferenciadas a continuación, por modalidad:
Subsidio de Transporte Escolar: El responsable deberá informar inmediatamente al colegio donde se encuentra matriculado. Adicional, deberá informar inmediatamente a la Dirección de Bienestar Estudiantil, a través de la Dirección Local de Educación o los canales oficiales de radicación. El PME evaluará las nuevas condiciones, para validar que continúe cumpliendo los requisitos y evaluar si continuará con el beneficio o no.
Ruta Escolar: El responsable deberá informar inmediatamente al colegio donde se encuentra matriculado. Adicional, deberá informar inmediatamente a la Dirección de Bienestar Estudiantil, a través de la Dirección Local de Educación o los canales oficiales de radicación. El PME estudiará el caso para evaluar si hay una ruta escolar que cubra su nueva dirección de residencia y tenga cupos disponibles.
En cualquiera de los casos se evaluarán los requisitos y condiciones del programa para la continuidad en el beneficio.
El responsable del estudiante debe dirigirse directamente al colegio para realizar la solicitud de cambio de jornada. Para estudiantes beneficiarios de ruta escolar, el cambiarse de jornada dependerá de la disponibilidad de cupo en la ruta que sea de conveniencia y del estudio técnico y financiero de no contar con disponibilidad en la ruta se asignará subsidio de transporte.
Para beneficiarios de Subsidio de Transporte no afecta el cambio de jornada, salvo que se realice para la jornada nocturna, la cual no aplica para la entrega del beneficio.
El padre de familia debe dirigirse al colegio para realizar la actualización del acudiente, sin embargo para el caso de subsidio de transporte escolar, adicional se debe radicar la solicitud para el cambio del responsable en los canales de atención de la SED, anexando fotocopia de la custodia o documento que lo acredite como tutor legal del estudiante y el Programa de Movilidad Escolar validará el caso para realizar el cambio del responsable.
Consulte aquí el Acuerdo de Corresponsabilidad 2024.
EDAD |
TIPO DE SUBSIDIO |
CÁLCULO |
Menor de 14 años |
Doble |
El porcentaje determinado, sobre el valor diario del transporte, en servicio troncal de Transmilenio que corresponda a dos trayectos, multiplicado por el número de días del ciclo, multiplicado por dos (estudiante + acompañante). |
De 14 a 18 años |
Sencillo |
El porcentaje determinado del valor diario del transporte, en servicio troncal de Transmilenio que corresponda a dos trayectos, multiplicado por el número de días del ciclo |
En razón a que el valor a reconocer por día, en la modalidad de subsidio de transporte es calculado sobre el valor del transporte público (Transmilenio) este será de un porcentaje aproximado al 80% del valor diario del transporte actual para la vigencia correspondiente en dos trayectos, por cada día de asistencia a clases en el periodo o ciclo correspondiente conforme al cronograma del PME para la vigencia.
Al estudiante que no asista al colegio, se descontará la suma correspondiente al valor diario del subsidio por cada día de inasistencia injustificada o justificada.
Nota: Para los estudiantes con discapacidad caracterizados en la matrícula, mayores de 14 años según su condición, se entregará subsidio tipo doble, esto quiere decir que un adulto responsable deberá efectuar el acompañamiento en los recorridos casa – colegio – casa. (En los casos del subsidio doble, solo se entregará uno por familia cuando los estudiantes se encuentren en la misma institución y jornada, en caso contrario se evaluará la situación particular).
Los montos por reconocer corresponden al número de días presenciales en los cuales se necesitó del apoyo monetario de transporte para el desplazamiento al colegio, descontando los días de inasistencia en el periodo o ciclo correspondiente, para ello se solicitará a los colegios la verificación de asistencia.
Las fechas dependerán del calendario escolar y la operación del Programa de Movilidad Escolar en la vigencia anterior, especial de la modalidad de subsidio de transporte, la fechas serán publicadas en el cronograma anual del Programa, en el mismo se establecen los ciclos, periodos de verificación y reporte de asistencia, fechas de abono y fechas máximas de reclamación.
Para recibir el beneficio en la modalidad de subsidio de transporte escolar, se debe:
-Contar con un medio de entrega activo, a través de la activación del número de teléfono registrado en el proceso de formalización de la matrícula en la aplicación móvil Daviplata.
-Para estudiantes de los grados 9º 10º y 11º que no cuenten con discapacidad o requieran de un acompañante, adicionalmente, deberán contar con la tarjeta personalizada tu llave plus del SITP a nombre del estudiante.
-Tener en cuenta los periodos en los que se realizará la verificación de asistencia según corresponda a la particularidad del estudiante y las fechas proyectadas para realizar el abono del subsidio, de no contar con un medio de entrega activo que corresponda al registrado en la SED no podrá hacer uso del beneficio.
Las causales de pérdida del beneficio son las siguientes:
1. No cumplió asistencia.
2. No se encuentra matriculado en un colegio con matrícula oficial.
3. Se trasladó de colegio.
4. Vive en una UPZ no deficitaria
5. Vive a menos de 2 km.
6. Vive fuera de Bogotá.
7. No usó la ruta.
8. Pérdida de la ruta por de cambió de casa, colegio o jornada.
9. Pérdida por seguimiento de auditoría o interventoría, la cual realiza la visita al lugar de residencia con la dirección registrada en la matrícula en el momento de la asignación del beneficio.
Es necesario comunique dicha novedad a la entidad que representa el medio de pago asignado (Davivienda o Transmilenio S.A.), para realizar el respectivo cambio a cargo del padre de familia.
Para el cambio de número de teléfono deberá realizar la solicitud por escrito a la SED, para este caso se recomienda que la línea telefónica este registrada ante el operador celular por el responsable del beneficio, de tal manera que pueda recuperar el mismo número, lo que evitará realizar dicho trámite.
Para el reporte por pérdida o robo de la tarjeta personalizada tu llave plus el usuario puede acercarse a un punto de personalización o llamar a las líneas 01 8000 11 55 10 o 4823304 y reportar la pérdida.
IMPORTANTE: La recuperación de saldo de la tarjeta tu llave solo sucederá al día siguiente siempre y cuando el mismo no se haya utilizado en el momento de la pérdida.
El colegio puede comunicarse con el gestor local de movilidad para revisar viabilidad de la solicitud.
Sí, siempre se prioriza que se pueda beneficiar el mayor número de familias
No, para acceder a las salidas de un colegio, es necesario que el colegio esté participando en el programa.
Las novedades de la operación se tramitan a través del equipo de novedades del PME, en el correo electrónico: novedadesmovilidad@educacionbogota.gov.co