La Secretaría de Educación del Distrito informa a las y los servidores y colaboradores administrativos de los niveles Central y Local sobre la expedición de la Circular No. 05 del 19 de mayo de 2026, que actualiza los lineamientos y condiciones para la asignación, uso, administración y control del servicio de transporte institucional.
La circular establece disposiciones relacionadas con la programación y prestación del servicio, criterios de priorización, medidas de austeridad (en concordancia con el Decreto Único Sectorial 650 de 2025 y la Circular 008 de 2025 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá), responsabilidades de usuarios y conductores, así como mecanismos de evaluación y control.
Entre los principales lineamientos mencionados en la circular se destacan:
- El servicio de transporte prestado con vehículos de propiedad de la Secretaría de Educación del Distrito tiene cobertura en Bogotá Distrito Capital. Cuando se requiera la prestación del servicio fuera de este perímetro, la circular establece el procedimiento correspondiente.
- Los servicios de transporte solo serán autorizados a funcionarios o colaboradores que pertenecen al Nivel Central y Direcciones Locales de Educación.
- El primer jueves de cada mes esta asignado como el Día de la Movilidad Sostenible Distrital, por tal motivo no se puede prestar ningún servicio de transporte.
- Los servicios de transporte deben iniciar y finalizar en la SED, Instituciones Educativas o DILES.
- La asignación de vehículos se realizará con criterios de necesidad del servicio, impacto misional, urgencia institucional, número de usuarios a movilizar, optimización de rutas y disponibilidad operativa.
Con estas disposiciones, la Entidad reafirma su compromiso con la mejora continua de los servicios administrativos, la sostenibilidad, la eficiencia en el uso de los recursos públicos y el fortalecimiento de una cultura institucional basada en la corresponsabilidad y el buen uso de los bienes públicos.
La Subsecretaría de Gestión Institucional invita a las dependencias y equipos de trabajo a consultar el contenido completo de la circular y aplicar las disposiciones establecidas para la prestación del servicio de transporte administrativo.
A partir de la fecha, el horario límite para la recepción de pedidos de almuerzos será hasta las 9:00 a. m. con el fin de garantizar su entrega oportuna.
El equipo de trabajo del operador tecnológico en conjunto con los ingenieros funcionales y lideres técnicos de las aplicaciones mantienen monitoreo continuo.
La Secretaría de Educación del Distrito informa a las y los servidores y colaboradores administrativos de los niveles Central y Local sobre la expedición de la Circular No. 05 del 19 de mayo de 2026, que actualiza los lineamientos y condiciones para la asignación, uso, administración y control del servicio de transporte institucional.