Circular orienta gestión de peticiones trasladadas por la Personería

Fecha de publicación: Mié, 20/05/2026 - 08:41

Circular orienta gestión de peticiones trasladadas por la Personería


La Secretaría de Educación del Distrito recuerda a sus servidores y colaboradores la obligación de responder de manera oportuna, clara y de fondo los derechos de petición trasladados por la Personería de Bogotá, de conformidad con los lineamientos establecidos en la Circular 04 de 2026.

La Subsecretaría de Gestión Institucional reitera que las dependencias deben garantizar el cierre adecuado de los radicados en el Sistema Integrado de Procesos (SINPROC) de la Personería de Bogotá con el fin de evitar el vencimiento de términos legales.

La Circular establece que ninguna petición puede cerrarse en el Sistema de Gestión Documental - SIGA sin contar con respuesta de fondo y el respectivo soporte de envío cargado en el sistema.  Asimismo, toda respuesta dirigida a peticionarios o entes de control debe incluir radicado de salida y anexos completos.

La directriz también señala que cada dependencia debe adoptar las medidas internas necesarias para asegurar el control y seguimiento de las comunicaciones para garantizar el cumplimiento integral de los procedimientos definidos por la entidad.

El incumplimiento podrá dar lugar al inicio de actuaciones disciplinarias, por parte del ente de control contra los servidores responsables, sin perjuicio de los requerimientos adicionales a que haya lugar.

La gestión adecuada de los radicados fortalece la confianza institucional.


 


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