La Subsecretaría de Gestión Institucional recuerda a servidores y colaboradores de la Secretaría de Educación del Distrito – SED el cumplimiento de los lineamientos definidos en la Circular No. 04 de 2026, relacionados con la gestión de derechos de petición trasladados por competencia.
La directriz se emite tras requerimientos de la Personería de Bogotá D.C., que señalan la necesidad de asegurar la respuesta y el cierre oportuno de los radicados en el Sistema Integrado de Procesos -SINPROC-, con el fin de evitar el vencimiento de términos legales.
El documento establece que las respuestas deben ser oportunas, claras y de fondo. También señala la obligación de gestionar correctamente los radicados, realizar el cargue completo de la información en los sistemas institucionales y efectuar el envío adecuado de las comunicaciones.
La Subsecretaría indica que la aplicación de estos lineamientos permite mantener la trazabilidad de los procesos y dar cumplimiento a los plazos establecidos. Las dependencias deben consultar la circular y adoptar las disposiciones de manera inmediata.
Su implementación contribuye a una atención ordenada y conforme a los términos establecidos.
En el marco del cronograma estipulado en la Circular 003 del 2025 presentamos el listado de habilitados y no habilitados de la tercera fase de la segunda convocatoria de Comisiones de Estudio 2026.
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La Subsecretaría de Gestión Institucional recuerda a servidores y colaboradores de la Secretaría de Educación del Distrito – SED el cumplimiento de los lineamientos definidos en la Circular No. 04 de 2026, relacionados con la gestión de derechos de petición trasladados por competencia.