Conoce las orientaciones para la evaluación de acuerdos de gestión para gerentes públicos

Fecha de publicación: Mar, 23/12/2025 - 10:05

Conoce las orientaciones para la evaluación de acuerdos de gestión para gerentes públicos


La Secretaría de Educación del Distrito da a conocer las orientaciones técnicas para la evaluación de los Acuerdos de Gestión de las y los gerentes públicos, en el marco del cierre de la vigencia 2025.


Estas orientaciones definen los lineamientos para el desarrollo de la evaluación correspondiente al segundo semestre, así como para la consolidación de la evaluación definitiva de los Acuerdos de Gestión.

 

En este sentido, es importante tener en cuenta los siguientes aspectos:

1. Periodo de evaluación

La evaluación parcial del segundo semestre comprende el periodo del 1.º de julio al 31 de diciembre de 2025 y debe realizarse en los mismos instrumentos y formatos utilizados durante la vigencia, específicamente el Anexo 1, en el cual se evalúa únicamente el componente laboral o gerencial.

2. Con respecto a la evaluación

La evaluación de desempeño es un proceso indelegable, cuya responsabilidad recae exclusivamente en el superior jerárquico. En ningún caso corresponde a un ejercicio de autoevaluación ni puede ser asumido por terceros.

3. Registro de evidencias

El proceso evaluativo debe sustentarse en evidencias claras del desempeño del gerente público. Estas pueden ser registradas tanto por el evaluado como por el evaluador y se recomienda el uso de carpetas compartidas u otros mecanismos que faciliten su gestión y trazabilidad.

4. Evaluación del componente comportamental

Este componente aplica únicamente a los gerentes públicos que se mantengan en el cargo al 31 de diciembre de 2025 y debe adelantarse a partir del 1.º de enero de 2026. En su evaluación participan el superior jerárquico (60 %), un par evaluador (20 %) y los subalternos (20 %), conforme a los lineamientos establecidos.

5. Consolidación y plazos

La consolidación de la calificación definitiva, que integra los componentes laboral y comportamental, debe realizarse antes del 28 de febrero de 2026. No obstante, se solicita a las y los gerentes realizar este proceso antes del 31 de enero de 2026, con el fin de contar con un referente de gestión previo al inicio del nuevo periodo de evaluación.

 

Se invita a todas y todos los servidores involucrados a revisar de manera detallada estas orientaciones, con el propósito de garantizar un proceso de evaluación claro, transparente y alineado con la normativa vigente.


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