Lineamientos para que servidoras y servidores administrativos de nivel central y local apliquen a la modalidad de teletrabajo de tipo suplementario SED

Fecha de publicación: Mar, 19/09/2023 - 08:42

Lineamientos para que servidoras y servidores administrativos de nivel central y local apliquen a la modalidad de teletrabajo de tipo suplementario SED


Revísalos y si cumples con los requisitos mínimos exigidos ¡postúlate ya! Del 18 al 22 de septiembre se encuentra programada la etapa de postulaciones.

La Secretaría de Educación del Distrito invita a los servidoras y servidores públicos administrativos del Nivel Central y Local, a conocer más sobre los lineamientos para aplicar a la modalidad de teletrabajo tipo suplementario que se implementó en la Entidad, cuyo objetivo es propender por el incremento de los niveles de satisfacción de nuestras y nuestros servidores públicos y garantizando el ejercicio de las funciones asignadas con criterios de productividad y compromiso.

Recuerden que del 18 al 22 de septiembre se encuentra programada la etapa de postulaciones.  Los requisitos mínimos para aplicar, así como las condiciones de infraestructura física y tecnológica que requieren en su lugar de domicilio para teletrabajar. Toda la información la pueden consultar en el siguiente enlace: https://educacionbogota.edu.co/portal_institucional/oficina-personal-teletrabajo

En la Resolución 3045 del 24 de agosto de 2023 expedida por la SED, se adopta la política interna de teletrabajo, se dictan lineamientos generales para la implementación; por ello se invita a consultarla nuevamente antes de aplicar, además, le dará claridad y ampliará la información en los  aspectos a tener en cuenta como: lugar en el que el teletrabajador desarrollará sus actividades, horario de trabajo, criterios de priorización a los postulados, deberes y obligaciones del teletrabajador, obligaciones de la Entidad, entre otros.

¡Recuerda! esta convocatoria está dirigida a servidoras y servidores públicos de nivel central y local; el teletrabajo contribuye al equilibrio de la vida laboral con la vida familiar y personal.

Se aclara que, los servidores y servidoras a los cuales ya se les otorgó la modalidad de teletrabajo mediante la Resolución N° 1174 del 17 de abril de 2023, en la convocatoria N° 01 de 2023, no se deben postular en esta segunda convocatoria.

 

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