Conoce la Circular sobre Jornadas de Integración Familiar – Día de la Familia y Beneficios de Salario Emocional

Fecha de publicación: Mié, 15/03/2023 - 13:10

Conoce la Circular sobre Jornadas de Integración Familiar – Día de la Familia y Beneficios de Salario Emocional


Día de la familia, cumpleaños, permiso por lactancia, tiempo preciado con bebés y tarde de juegos son los ‘Beneficios de salario emocional’ que se conceden a las y los servidores de la SED.

La Secretaría de Educación del Distrito (SED) da a conocer la Circular No. 002 de 2023 que está dirigida a subsecretarios/as, directores/as, directores/as locales de educación, jefes de oficinas asesoras, jefes de oficinas, directivos docentes, docentes y personal administrativo de los niveles central, local e institucional.

Esta Circular surge en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.10.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 que dispone programas de bienestar social como parte del Sistema de Estímulos y, en concordancia con ello se crea el Plan de Estímulos e Incentivos de la SED con el componente denominado “Salario Emocional” el cual es uno de los compromisos concretados dentro del Acuerdo Colectivo suscrito por la entidad y las Organizaciones Sindicales el 2 de diciembre de 2020 (con vigencia hasta 2022).

En este sentido, se le recuerda a las y los servidores públicos vinculados con la SED que la expedición de esta circular y sus beneficios tiene como propósito elevar los niveles de eficiencia, satisfacción, desarrollo y bienestar de las y los servidores públicos en el desempeño de su labor para contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales y a la armonización de la vida laboral con la familiar.

Se debe tener en cuenta que la SED continua concediendo el beneficio del día de la familia a servidoras y servidores equivalente a dos (2) días de descanso remunerado en el año y los beneficios de salario emocional que otorga: un (1) día de permiso por el día de cumpleaños; una (1) hora diaria de permiso remunerado a servidoras (o servidores en caso de aplicar) en periodo de lactancia, durante la jornada laboral para compartir con su hijo o hija, durante los seis (6) meses siguientes a la finalización del disfrute de la hora de lactancia; y un permiso remunerado por cuatro (4) horas, dentro de la jornada laboral en la tarde, a servidoras y servidores para que puedan compartir con su hijo o hija entre los 0 y 10 años, este beneficio se concederá en la semana de receso escolar en el mes de octubre.

Recuerda que el otorgamiento del permiso estará a cargo de los jefes inmediatos. Para conocer más sobre el proceso a seguir en la solicitud del permiso y las disposiciones de cada beneficio consulta la Circular 002 de 2023 con toda la información en la parte inferior de este artículo.

¡La educación en primer lugar!



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