Tus cesantías 2022 ya fueron giradas a tu Fondo

Fecha de publicación: Mar, 14/02/2023 - 08:32

Tus cesantías 2022 ya fueron giradas a tu Fondo


La Oficina de Nómina informa a los servidores y servidoras de la SED que de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 99 numeral 3 de la Ley 50 de 1990, procedió a efectuar el giro a los diferentes fondos privados y al Fondo Nacional del Ahorro (FNA) de las cesantías causadas durante el año 2.022.

El giro a los Fondos de Cesantías fue realizado por medio del operador “Aportes en Línea” quien a través del correo institucional certificará el valor abonado con el reporte personalizado “Aportes en Línea - Certificado Cesantías”.

CONOCE EL TRÁMITE PARA LA AUTORIZACIÓN DEL RETIRO DE CESANTÍAS DE FONDOS PÚBLICOS Y PRIVADOS

Recordamos a los servidores y servidoras de la SED que actualmente existen dos maneras para solicitar la autorización para el retiro de cesantías parciales o definitivas de Fondos Públicos y Privados. La primera, a través del  Formulario Único de Trámites (FUT) y la segunda, por medio de un correo electrónico que debe ser remitido a contactenos@educacionbogota.edu.co con los respectivos soportes.

- Al momento de realizar la petición mediante el FUT y/o envío de correo, es obligatorio registrar el correo institucional ya que es el único medio por el cual el servidor o servidora recibirá y/o remitirá información relacionada con el trámite.

- De acuerdo con el destino de las cesantías parciales, debe anexar los respectivos documentos, los cuales serán validados de acuerdo con en el procedimiento “LIQUIDACIÓN DE CESANTÍAS PARCIALES Y DEFINITIVAS – Código 14-PD-008 – Resolución y Fecha 5-24/Dic/2021.

­- Para el retiro de cesantías parciales con destino a Educación, el trámite con los Fondos: Porvenir, Protección y FNA, puede ser realizado directamente con el fondo de cesantías.

- ­Para el retiro de cesantías parciales con destino a: Ampliación, reparación, mejora de vivienda o construcción en lote propio; compra de vivienda nueva o usada o compra de lote, o liberación de gravamen hipotecario, se debe presentar el certificado de tradición y libertad expedido por la Superintendencia de Notariado y Registro, con fecha de expedición no mayor a 30 días, el cual puede ser tramitado a través de este link.

- Para mayor seguridad del proceso, se ha implementado la confirmación del trámite de retiro de cesantías parciales a través del correo institucional de los funcionarios, por lo cual, es necesario dar respuesta a este.

- Si el trámite de retiro de cesantías parciales o definitivas es aprobado, se finalizará en el FUT

con el oficio de notificación informativo, y el oficio de autorización emitido por la Oficina de Nómina el cual será notificado únicamente de forma presencial en la ventanilla número 5 de la

Oficina de Servicio al Ciudadano, previa programación de turno en este link

En caso de que la notificación no se surta ante la Oficina de Servicio al Ciudadano dentro del término (10 días), el documento será devuelto a la Oficina de Nómina, situación que conllevará a que realice nuevamente la solicitud de autorización para las cesantías.

Consulta aquí el comunicado información cesantías funcionarios

 

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