No se tramitarán solicitudes correspondientes a lo causado durante el presente año.
La Oficina de Nómina informa a las funcionarios y funcionarios administrativos de la Secretaría de Educación del Distrito, afiliados a fondos privados de pensiones o al Fondo Nacional del Ahorro (FNA), que en la vigencia 2022, no se tramitarán solicitudes de cesantías anticipadas correspondientes a lo causado durante el presente el año 2022.
Recordemos que La Ley 50 de 1990, define las cesantías como una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores formales en Colombia y equivalen a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laborado. Dicha prestación, según el artículo 98, se debe reconocer a más tardar el 14 de febrero de cada año por la administradora de fondos de cesantías elegida por el trabajador, que equivalen a las causadas en el año inmediatamente anterior.
También se debe tener en cuenta, por parte de las trabajadoras y trabajadores administrativos, que de acuerdo con el Decreto 492 de 2019 de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., se fijaron los lineamientos generales sobre austeridad y transparencia del gasto público en las entidades y organismos del orden distrital.
Para información adicional, con la Oficina de Nómina al teléfono 3241000 extensión 4322 o al correo electrónico hdavila@educacionbogota.gov.co
La salud mental influye en la forma en que pensamos, sentimos, actuamos y nos relacionamos con los demás. También impacta nuestra capacidad para afrontar los desafíos cotidianos, tomar decisiones y desarrollar nuestras actividades personales y laborales de manera equilibrada.
Atención servidoras y servidores públicos administrativos, docentes, directivos docentes y colaboradores de la SED: hasta el 31 de julio de 2026 hay plazo para cumplir con esta obligación.
En el Día de la servidora y servidor administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito exaltamos su rol fundamental para hacer posible que la educación pública de Bogotá siga transformando vidas.