A través de esta Circular la Secretaría de Educación del Distrito da claridad y precisión frente a los diversos procesos y procedimientos, para ser ejecutados de forma coordinada y eficiente en el marco de la gestión institucional.
La Secretaría de Educación del Distrito reconoce al docente como eje fundamental de la labor misional de la educación pública, con base en los fines contemplados en el artículo 5 de la Ley115 de 1994. En este sentido, se permite recordar que la forma de provisión de empleo de los/as docentes vinculados/as mediante nombramiento en provisionalidad, les otorga y reconoce el estatus de funcionario/a vinculado/a mediante todas las garantías de carácter jurídico, que se desprenden de la propia relación de naturaleza laboral entre el Estado y los servidores públicos.
Mencionado lo anterior y en cumplimiento de los numerales 157, 162, 180, 181, 183, 184, 186, 205 al 2017 del Acuerdo Colectivo vigencia 2020-2022 suscrito el 2 de diciembre de 2020 entre la SED y sus organizaciones sindicales de empleados públicos, la Entidad emite circular No. 021 del 28 de septiembre de 2022 mediante la cual se hacen precisiones frente a los procesos y procedimientos administrativos para facilitar el ejercicio de derechos y garantías de docentes vinculados mediante nombramiento en provisionalidad.
Las precisiones de la Circular No.021 se realizan con el propósito de atender inquietudes que a diario formulan los/as docentes vinculados/as mediante nombramiento en provisionalidad y las cuales se centran en:
Proceso de vinculación de docentes provisionales
Proceso de terminación del nombramiento de docentes vinculados mediante provisionalidad
Situaciones de Protección Especial
Servicios de Salud
Jornada laboral
A partir de la expedición de la presente circular, quedará sin ningún efecto la Circular No. 012 del 23 de junio de 2021 y en adelante, para la provisión de vacantes temporales y definitivas en instituciones educativas del Distrito Capital, se dará aplicación a las reglas aquí establecidas.
Consulta AQUÍ la Circular No. 021/22.
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Docentes, directivos docentes, servidores administrativos y colaboradores deben efectuar la actualización, en cumplimiento de los lineamientos establecidos.
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