Lineamientos para las jornadas de integración familiar – Día de la familia y beneficios salarios emocionales 2022

Fecha de publicación: Lun, 28/02/2022 - 09:12

Lineamientos para las jornadas de integración familiar – Día de la familia y beneficios salarios emocionales 2022


Estos lineamientos se encuentran establecidos en la Circular No. 5 del 22 de febrero de 2022 de la Subsecretaría de Gestión Institucional que podrás consultar a continuación.

La Subsecretaría de Gestión Institucional emite la Circular No. 5 del 22 de febrero de 2022 sobre el disfrute de las Jornadas de integración familiar – día de la familia y beneficios salarios emocionales para el año 2022, por parte de las y los servidores administrativos, docentes y directivos docentes de la Secretaría de Educación del Distrito.

En la Circular se indica que se mantendrán vigentes las fechas y condiciones establecidas en la Circular No. 6 del 25 de marzo de 2021: Jornadas de integración familiar – Día de la Familia, es decir, que se otorgará un (1) día correspondiente al primer semestre del año y un (1) día correspondiente al segundo semestre del año.

Así mismo, en el marco del Sistema de Estímulos e Incentivos de la Secretaría de Educación del Distrito, se mantienen vigentes las circulares: No. 16 del 12 de agosto de 2021 y No. 18 del 9 de septiembre de 2021 – Beneficios Salario Emocional, por medio de las cuales se otorga a las y los servidores públicos cuatro (4) beneficios:

1.     Día de cumpleaños

2.     Permiso por lactancia

3.     Tiempo preciado con los bebés.

4.     Tarde de juego

Consulta las circulares con los lineamientos a continuación y recuerda: las directrices emitidas en estas circulares se encuentran vigentes hasta tanto sean modificadas, sustituidas o derogadas.

-Circular No. 5 del 22 de febrero de 2022: Jornadas de Integración Familiar – Día de la Familia y Beneficios Salarios Emocionales

-Circular No. 6 del 25 de marzo de 2021: Jornadas de integración familiar – Día de la Familia

-Circular: No. 16 de 12 de agosto de 2021 y No. 18 del 9 de septiembre de 2021 – Beneficios Salario Emocional

Para tener en cuenta:

En cualquier caso y teniendo presente las necesidades que se generen en el aula con ocasión del uso de alguno de estos beneficios, así como teniendo en cuenta que la prestación del servicio es de manera presencial, la Circular indica cómo cubrir las necesidades en el aula por falta de estos docentes o el correspondiente reconocimiento y pago de horas extras para cubrir las necesidades del aula en caso de que la atención de labores académicas en el aula no pueda ser asumida por otro docente. 

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