A través de la Circular No. 004 del 11 de febrero de 2022, la Subsecretaría de Gestión Institucional da a conocer los lineamientos generales sobre el descanso compensado de las servidoras y los servidores administrativos para el disfrute de Semana Santa 2022.
Con el propósito de contribuir al bienestar de las y los servidores públicos y sus familias, la Secretaría de Educación del Distrito emite la Circular No. 004 del 11 de febrero de 2022, con los lineamientos generales para el disfrute del descanso durante los días hábiles de la Semana Santa por parte del personal administrativo, en dos turnos, previa compensación voluntaria de las respectivas horas de la jornada laboral.
Los dos turnos son los siguientes:
-Del 11 al 13 de abril de 2022, con fecha de reintegro el 18 de abril de 2022.
-Del 18 al 20 de abril de 2022, con fecha de reintegro el 21 de abril de 2022.
El periodo a compensar es de carácter voluntario, para las y los servidores que deseen acogerse a uno de los dos turnos establecidos. Cada turno exige, para su disfrute, la compensación de 25.5 horas hábiles de trabajo. Quien no desee tomarlo, deberá laborar durante los días hábiles de Semana Santa en el horario habitual.
Las y los servidores que deseen acogerse a uno de los turnos mencionados anteriormente, deberán compensar una hora adicional a la jornada laboral ordinaria que vengan cumpliendo. De esta manera, la compensación del tiempo inicia el jueves 17 de febrero de 2022 y se extiende hasta el viernes 24 de marzo de 2022.
El día veinticinco (25) de marzo de 2022, se compensará 30 minutos, o adicionando el mismo tiempo al horario que se venga cumpliendo.
Los (las) servidores (as) que no puedan acogerse al esquema de compensación de tiempo descrito anteriormente, podrán compensar las 25,5 horas de labor los sábados diecinueve (19) y veintiséis (26) de febrero y el cinco (5), doce (12), y diecinueve (19) de marzo de 2022, hasta alcanzar la compensación. La jornada de trabajo a cumplir por parte de las personas que realicen la reposición de tiempo durante la jornada los sábados, será de 7:00 a.m. a 4:30 p.m. y de forma presencial.
Durante los turnos de descanso se deberá garantizar la continuidad y no afectación de la prestación del servicio, por el cual, los jefes inmediatos de cada área deben considerar esta circunstancia al distribuir los respectivos turnos con su equipo de trabajo.
Docentes, directivos docentes, servidores administrativos y colaboradores deben efectuar la actualización, en cumplimiento de los lineamientos establecidos.
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