En la Circular No. 16 del 12 de agosto de 2021, la Secretaría de Educación del Distrito da a conocer los beneficios de salario emocional, un componente que hace parte del Plan de Estímulos e Incentivos de la SED.
La Secretaría de Educación del Distrito (SED) recuerda la Circular No. 16 del 12 de agosto de 2021 que está dirigida al despacho, subsecretarios/as, jefes de oficinas asesoras, directores/as, directores/as locales de educación, jefes de oficina, directivos docentes y personal docente y administrativo de nivel central local e institucional.
Es de resaltar que la Circular surge en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2.2.10.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 que dispone programas de bienestar social como parte del Sistema de Estímulos y, en concordancia con ello se crea el Plan de Estímulos e Incentivos de la SED con el componente denominado “Salario Emocional” el cual es uno de los compromisos acordados dentro del Acuerdo Colectivo suscrito por la entidad y las Organizaciones Sindicales el 2 de diciembre de 2020 (con vigencia hasta 2022).
En este sentido, la Dirección de Talento Humano le recuerda a las y los servidores públicos vinculados con la SED que cuentan con cuatro (4) beneficios de salario emocional. El primero de ellos es el día de cumpleaños el cual se concederá a todas y todos los servidores de la entidad de los niveles central, local e institucional; ello quiere decir que se otorgará un (1) día de permiso remunerado con ocasión de su cumpleaños, el cual puede ser disfrutado dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de su cumpleaños.
Recuerde que el otorgamiento del permiso estará a cargo de los jefes inmediatos. Para conocer más sobre el proceso a seguir en la solicitud del permiso consulte la Circular con toda la información aquí
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