¡Atención áreas del Nivel Central y Direcciones Locales de Educación! La Dirección de Servicios Administrativos presenta el procedimiento con el fin de dar cierre a las 582 solicitudes internas pendientes por finalizar en el Sistema Integrado de Gestión y Archivo – SIGA-, comprendidas entre las vigencias 2010 y 2014.
La Dirección de Servicios Administrativos, en cumplimiento del artículo 23 de la Constitución Política de Colombia, y los artículos 13 al 33 de la Ley 1437 de 2011 (CPACA), ha realizado las acciones necesarias para el cierre de peticiones internas pendientes de trámite y/o respuesta en el Sistema Integrado de Gestión y Archivo – SIGA-, correspondientes a los períodos comprendidos entre las vigencias 2010 y 2014.
Después de realizar la depuración de las bases de datos de los archivos de la Secretaría de Educación del Distrito, se encuentran 582 solicitudes internas pendientes por finalizar debido a que las solicitudes se encuentran incompletas, situación que imposibilita ofrecer respuestas claras, precisas y completas.
Por lo tanto, la Dirección de Servicios Administrativos solicita a las áreas del Nivel Central y Direcciones Locales de Educación de la Entidad consultar los radicados pendientes de cierre originados desde su dependencia. En caso de persistir el interés de obtener una respuesta por parte del área destinataria, de conformidad con el artículo 17 del CPACA, se requiere allegar los documentos que soportan la solicitud en el plazo de treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación de este aviso, con el fin de dar respuesta de fondo.
Se les informa a las dependencias interesadas sobre la facultad que tienen de desistir de sus solicitudes, manifestándolo de manera expresa y por escrito dirigido a la Dirección de Servicios Administrativos, al siguiente correo: lrodriguezr@educacionbogota.gov.co
Es importante anotar que el plazo de un (1) mes concedido para allegar la información solicitada, podrá ser prorrogado por un término igual, por una sola vez, siempre que dicha prórroga se solicite antes del vencimiento de este.
Si vencido el término arriba enunciado, la información que debe acompañar la petición no es allegada, será decretado el desistimiento y el archivo de la solicitud mediante acto administrativo motivado, sin perjuicio de que la respectiva petición pueda ser nuevamente presentada con el lleno de los requisitos legales.
Los radicados pendientes de cierre pueden ser consultados aquí
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