TRÁMITES EN LÍNEA Y PRESENCIALES
TRÁMITES EN LÍNEA
Licencias No Remuneradas de Funcionarios Administrativos

Situación administrativa que le permite al servidor público de la planta de personal administrativo separarse del empleo público; se encuentra regulada en el artículo 2.2.5.5.5 del Decreto 648 de 2017 que señala: "La licencia ordinaria es aquella que se otorga al empleado por solicitud propia y sin remuneración, hasta por sesenta (60) días hábiles al año, continuos o discontinuos.

TRÁMITES PRESENCIALES
Comisión Personal Administrativo para Libre Nombramiento y Remoción

Cubrir mediante comisión los cargos de Libre Nombramiento y Remoción que se encuentren en vacancia temporal o definitiva.

Licencia por luto

En caso de fallecimiento del cónyuge o compañero, compañera permanente, hijos, padres, abuelos, nietos y/o hermanos, suegros, padres adoptantes e hijos adoptivos, los servidores públicos tienen derecho a una licencia por luto, por un término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del fallecimiento del familiar, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1635 de 2013, o las normas que lo modifiquen o adicionen. Para tal fin, es deber del servidor público reportar el fallecimiento del familiar al superior inmediato, una vez ocurrido el hecho que genere la novedad administrativa de licencia por luto.