Consulta en la Circular No. 17 del 20 de octubre de 2020 - Jornadas de Integración Familiar, emitida por la Subsecretaría de Gestión Institucional, en qué consiste el beneficio y las condiciones del disfrute del Día de la Familia por parte de docentes, directivos docentes y administrativos de la Entidad.
La Secretaría de Educación del Distrito, como parte de sus programas de bienestar dirigidos al personal docente, directivo docente y administrativo de la entidad, acata y propicia el beneficio estipulado en el parágrafo del artículo 3º de la Ley 1857 del 26 de julio de 2017.
El mencionado beneficio consiste en la posibilidad de que los (as) servidores (as) públicos (as) del nivel directivo docente, docente y administrativo de la Secretaría de Educación del Distrito, puedan disfrutar de un (1) día de descanso remunerado, para que de manera integrada compartan con su respectivo núcleo familiar.
Así las cosas, el Día de la Familia podrá ser disfrutado por cada servidor público, debidamente acordado con su jefe inmediato en los términos establecidos en la mencionada Ley, para lo cual, se tendrán en cuenta las siguientes condiciones:
Hasta el 15 de julio pueden postular las iniciativas y experiencias de sus instituciones educativas.
El Código de Integridad de la Secretaría de Educación del Distrito es la guía que compila los valores que identifican nuestro actuar como servidores de la entidad.
La Secretaría de Educación del Distrito informa a las y los servidores administrativos del nivel central y de las Direcciones Locales de Educación.