Realiza en línea estos reportes de salud y seguridad en el trabajo

Fecha de publicación: Vie, 17/01/2020 - 10:25

Realiza en línea estos reportes de salud y seguridad en el trabajo


De esta manera, la Dirección de Talento Humano de la Secretaría de Educación del Distrito (SED), avanza en la reducción de los pasos y tiempos de respuesta de este tipo de reportes que se desarrollan en el marco del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).

Para realizar en línea estos reportes, administrativos y contratistas solo tienen que ingresar al portal institucional www.educacionbogota.edu.co y seguir la ruta:  Servicio a la Ciudadanía – Portafolio de servicios – Administrativos – Novedades, donde encontrarán los formularios correspondientes:

1. Reporte de incidentes de trabajo, condiciones inseguras y actos inseguros:

Permite comunicar una condición y/o acto inseguro clasificado como incidente de trabajo.  Para mayor claridad en el reporte se define:

- Incidente De Trabajo: Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con éste, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentarán daños a la propiedad y/o pérdida en los procesos.

- Acto Inseguro: Errores y/o fallos que una persona comete al desarrollar su actividad, poniendo en riesgo su integridad y/o la integridad de terceros.

- Condición Insegura: Situación que se presenta en el lugar de trabajo y que se caracteriza por la presencia de riesgos; condiciones físicas y materiales de una instalación que pueden causar un accidente de trabajo.

2. Seguimientos por salud de administrativos y contratistas:

Permite comunicar oportunamente una condición de salud y/o recomendaciones médicas de los funcionarios Administrativos y Contratistas al equipo de Salud de la Secretaria de Educación, con el fin de establecer actividades de promoción y prevención encaminadas a preservar la salud de los trabajadores, mitigando el impacto de accidentes y enfermedad laboral en la Secretaria de Educación.

Así mismo, el funcionario administrativo o contratista, radica recomendaciones específicas de salud emitidas por médico especialista tratante de EPS o ARL (no mayor a 30 días de expedición) frente a su condición actual, con el fin de realizar de trámites administrativos internos como seguimiento en puesto de trabajo, atención por médico laboral de la Entidad, traslado o disminución de jornada, según sea cada caso.

Se preservará el principio de confidencialidad de la información médica (Resolución 2346 de 2007) que será revisada por el Medico Laboral de la Entidad. Estos datos servirán, igualmente, para orientar en trámites administrativos al funcionario para garantizar la protección de su condición de salud.


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