A través de la Circular No. 013, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C da a conocer las directrices para el disfrute de la fiesta distrital el 6 de agosto de 2022.
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, como cabeza del Sector Gestión Pública y en el marco de las competencias tribuidas en materia de empleo público y de gestión del talento humano, con ocasión al aniversario de la fundación de Bogotá, el 6 de agosto de cada año, se permite recordar lo dispuesto mediante el Decreto Distrital 346 de 2007 en el que se dispuso que no habrá actividades laborales en las entidades y organismos del Distrito Capital, medida que también se predica de los Establecimientos Educativos del Distrito.
Cabe mencionar que, considerando que el 6 de agosto del presente año corresponde a un día sábado, las y los servidores que por su naturaleza y misión tengan como objetivo la prestación de servicios que demanden atención inaplazable a los habitantes de la ciudad y que laboren este día tendrán derecho a una compensación posterior, de acuerdo con lo dispuesto por el articulo 40 del Decreto Nacional 1042 de 1987.
Consulta aquí la Circular No. 013 con las directrices para el disfrute fiesta distrital 6 de agosto.
Docentes, directivos docentes, servidores administrativos y colaboradores deben efectuar la actualización, en cumplimiento de los lineamientos establecidos.
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