Circular: lineamientos para la fase de seguimiento en el proceso de Evaluación de Desempeño Laboral 2021-2022

Fecha de publicación: Lun, 10/05/2021 - 16:16

Circular: lineamientos para la fase de seguimiento en el proceso de Evaluación de Desempeño Laboral 2021-2022


Administrativos de carrera y en periodo de prueba podrán consultar en la circular emitida por la Oficina de Personal los pasos y las orientaciones que facilitan el desarrollo de la fase de seguimiento, la cual, esta Oficina sugiere documentar en el primer semestre de evaluación 2021 – 2022 y periodos de prueba.

Administrativos de carrera y en periodo de prueba podrán consultar en la circular emitida por la Oficina de Personal los pasos y las orientaciones que facilitan el desarrollo de la fase de seguimiento, la cual, esta Oficina sugiere documentar en el primer semestre de evaluación 2021 – 2022 y periodos de prueba.

A través de la Circular emitida el 29 de abril de 2021, la Oficina de Personal se permite brindar los pasos y orientaciones para facilitar la fase de seguimiento correspondiente al proceso de Evaluación del Desempeño Laboral 2021-2022, de los servidores públicos de la planta de personal administrativo de carrera y en periodo de prueba.

Lo anterior, dando cumplimiento a lo establecido en la Ley 909 de 2004 y el Acuerdo 617 de 2018 “Por el cual se establece el Sistema Tipo de Evaluación del Desempeño Laboral de los Empleados Públicos de Carrera Administrativa y en Período de Prueba”, emitido por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC).

Para tener presente:

La fase de seguimiento en el proceso de Evaluación de Desempeño Laboral: “Consiste en la verificación que realiza el evaluador del avance, cumplimiento o incumplimiento de los compromisos durante la totalidad del periodo de evaluación” (Artículo 4º del Acuerdo 617 de 2018).

Inicia con el registro de las “EVIDENCIAS” aportadas por el evaluado y/o evaluador. Continúa con la verificación de las evidencias que sean aportadas sobre el desarrollo y cumplimiento de los compromisos concertados, y finaliza con la retroalimentación por parte del evaluador a sus evaluados, destacando sus avances, aportes, aspectos de mejora o incumplimiento en los compromisos.

Cabe mencionar que la fase de seguimiento no genera reporte alguno que deba ser remitido a la Oficina de Personal. El registro de la información quedará consignado en el aplicativo de evaluación EDL-APP.

Consulta la Circular con los pasos y lineamientos para la fase de seguimiento aquí

Si requieres información adicional

Puedes comunicarte con los profesionales de Talento Humano de cada Dirección Local de Educación y de la Oficina de Personal, responsable de la implementación del proceso de Evaluación del Desempeño Laboral y periodo de prueba, a través de los correos electrónicos jcaicedo@educacionbogota.gov.co,  y mbacevedo@educacionbogota.gov.co



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