La Secretaría de Educación del Distrito socializa con servidoras y servidores, colaboradoras y colaboradores de la SED, la Circular No. 089 de noviembre de 2020 de la Secretaría General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá sobre el levantamiento de las medidas de carácter temporal para facilitar el ingreso y uso del Sistema Distrital para Ia Gestión de Peticiones Ciudadanas, durante el periodo de estabilización del mismo, dictadas mediante la Circular No.014 de 2020 y su correspondiente anexo.
En este sentido, se resalta a continuación lo señalado en la circular:
- Respecto a las mediciones por extemporaneidad en las actividades y transacciones que se realizan en el sistema, de conformidad con lo establecido en el Manual para Ia Gestión de Peticiones Ciudadanas, a partir de los tres días hábiles siguientes a Ia expedición de Ia presente circular, las entidades y organismos distritales deberán cumplir con los tiempos para el registro y cierre establecidos en dicho manual, respecto de todas las peticiones recibidas.
- Aquellas peticiones que ingresaron a las entidades y organismos distritales desde el 14 de febrero de los corrientes hasta los tres días hábiles siguientes a Ia expedición de Ia presente circular y que ya han sido atendidas por otros medios, deberán ser cargadas y cerradas en el Sistema Distrital para Ia Gestión de Peticiones Ciudadanas durante los treinta días hábiles siguientes a Ia expedición de Ia presente circular.
Hasta el 15 de julio pueden postular las iniciativas y experiencias de sus instituciones educativas.
El Código de Integridad de la Secretaría de Educación del Distrito es la guía que compila los valores que identifican nuestro actuar como servidores de la entidad.
La Secretaría de Educación del Distrito informa a las y los servidores administrativos del nivel central y de las Direcciones Locales de Educación.